La Audiencia desestima el recurso de Zurich

Negligencia médica causa lesiones permanentes

La Audiencia Provincial de Barcelona desestima el recurso de apelación interpuesto por la compañía Zurich contra la sentencia dictada por una negligencia médica. El 15 de diciembre de 2014 el Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 54 de Barcelona consideró acreditada la causalidad entre el defectuoso tratamiento y asistencia médica recibidos por el Sr. J. B. D. y el daño causado. La sentencia de la Audiencia confirma íntegramente la del juzgado de Primera Instancia.

Se condena a la parte apelante al pago de las costas del proceso.

Sondaje vesical traumático que provoca lesiones y secuelas irreversibles en el paciente

El señor J. B. padece trastorno bipolar desde los 19 años y en el momento de la demanda tenía 43 años.  En el mes de junio de 2011 ingresó en el Hospital Benito Menni por presentar estado confusional. En el hospital el día 21 de julio de 2011 fue sometido a sondaje vesical traumático durante varias horas. Esto le provocó lesiones y secuelas irreversibles al dejar el balón de la sonda de Foley dentro de la uretra y no en el cuello vesical, que es su posición normal. Esta situación de la sonda ocasionó la consiguiente perforación de la uretra por falta de riego sanguíneo debido a la compresión generada por el balón.

El 23 de julio de 2011 se trasladó e ingresó al paciente en el servicio de urgencias del Hospital general del Parc Sanitari de Sant Joan de Déu. Procedente del Hospital Benito Menni, presentaba fiebre y anuria (falta de emisión de orina) con un día de evolución. En Sant Joan de Déu se le diagnosticó la lesión de rotura de uretra de 4 cm constatando que en el hospital de procedencia se había colocado sonda vesical no productiva por estar alojada fuera de la vejiga urinaria, situándose en la uretra, dando lugar a una falsa vía urinaria siendo imposible su recambio por encontrarse trabada. Se comprueba mediante tacto rectal que el globo de la sonda Foley está inflado en la uretra, debiéndole pinchar dicho globo a través del pene y así proceder a su retirada.

Se precisó una intervención quirúrgica reconstructiva de la uretra para reparar las secuela

El 27 de julio de 2011 se remite al paciente a la Clínica Planas para colocar sonda de cistomía. Se trata de una sonda vesicular supra pública que permite el vaciamiento de orina directamente al exterior sin necesidad de que dicha orina pase por la uretra.

Durante un año el paciente solo pudo miccionar por sondas de derivación urinaria supra púbicas. Se precisó una intervención quirúrgica reconstructiva de la uretra para reparar las secuelas de la perforación y conseguir una uretra permeable que permitiera el vaciamiento urinario.

El 21 de junio de 2012 don J. B. se somete a una uretroplastia en Sant Joan de Déu. Se colocó un injerto de mucosa bucal y durante la intervención se comprueba la estrechez severa de bulbo-membranas de unos 4 cm de longitud.

El paciente quedó con incontinencia urinaria y goteo postmiccional por alteración del sistema esfinteriano

El 27 de junio de 2012 es dado de alta, portando dos sondas. El día 10 de julio de 2012 ingresa de nuevo en Sant Joan de Déu por un cuadro de infección. Se aprovecha este ingreso para retirar una de las sondas, la uretral. Se le da el alta el 20 de julio de 2012.  Sin embargo el paciente quedó con incontinencia urinaria y goteo postmiccional por alteración del sistema esfinteriano.

La sentencia recoge la licitud de un pleito posterior para la liquidación de las cantidades indemnizatorias

La aseguradora en su recurso cuestiona, entre otros asuntos,  el hecho de que no se cuantifique la indemnización en la demanda. La sentencia de la Audiencia sin embargo apela al artículo 219 de la LEC: “se permitirá al demandante solicitar, y al tribunal sentenciar, la condena al pago de cantidad de dinero, frutos, rentas, utilidades o productos cuando ésa sea exclusivamente la pretensión planteada y se dejen para un  pleito posterior los problemas de liquidación concreta de las cantidades”. 

Hay que destacar la importancia de esta precisión dado que hay juzgadores reticentes a admitir el hecho de dejar para un pleito posterior la cuantificación de la indemnización. En ocasiones es difícil precisar la cuantía de la indemnización en el momento del juicio por diversos motivos. Tras un accidente médico grave como el que no ocupa, es más que posible que las lesiones no estén estabilizadas y por tanto es difícil calcular el alcance de las secuelas que padecerá el paciente lo que dificulta la petición de una indemnización concreta. Así, la Audiencia Provincial de Barcelona desestima el recurso de apelación interpuesto por la compañía Zurich contra la sentencia dictada por una negligencia médica y ratifica la sentencia de Primera Instancia.

Defensa Jurídica: José Aznar Cortijo, Abogado del Gabinete Verdún Legal, especialista en derecho sanitario y miembro de la asociación QNP+