La Sección 17 de la Audiencia Provincia de Barcelona dicta sentencia en un caso en el que un niño pierde un testículo por error en el diagnóstico
El Juez acoge los argumentos que se alegaron en el Recurso de Apelación interpuesto contra la primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia 33 de Barcelona que desestimaba la íntegramente la demanda y condenaba en costas a la demandante.
Resumen de los hechos que condujeron a la amputación del testículo
El menor RMJ, de 7 años de edad, ingresó en urgencias en 1 de septiembre de 2017 tras ser derivado por el Centro de asistencia Primaria aquejado de escroto agudo. En la exploración de la zona genital presenta síntomas compatibles con torsión testicular. Se realiza tira reactiva en orina con resultado normal y ecografía con el siguiente resultado: “Testes de medida, ecogenicidad y ecoestructura normales. No hay lesiones focales. Marcado engrosamiento de la cabeza del epidídimo izquierdo en relación a epididimitis. No hay signos de orquitis. No hay signos de torsión testicular en este momento. Mínimo hidrocele”. Se diagnostica orquioepididimitis y se acuerda el alta del paciente con normas de reconsulta, reposo y administración de ibuprofeno.
El 3 de septiembre de dos 2017, RMJ vuelve a ingresar en el Hospital con dolor en la zona escrotal izquierda. A la exploración presenta bolsa escrotal eritematosa y aumentada de tamaño, testículo doloroso a la palpación, color violáceo, reflejo cremastérico ausente y dolor en la palpación del cordón espermático. Tras consulta con el servicio de cirugía del hospital, se da de alta al paciente con antibioterapia oral y revaloración a las veinticuatro horas.
El menor no mejora y vuelve a ingresar en el Hospital el 4 de septiembre de 2017, presentando a la exploración edema y eritema de hemiescroto izquierdo, testículo izquierdo doloroso a la palpación de manera generalizada reflejo cremastérico izquierdo abolido. Se práctica ecografía escrotal que muestra: “Testículo izquierdo de tamaño aumentado, ecogénico, con áreas hipoecoicas y ausencia de señal Doppler intratesticular. Masa intraescrotal en margen superior, también avascular. Cola de epidídimo y cubiertas escrotales hipervasculares. Hallazgos sugestivos de torsión testicular”.
Tras el resultado de la ecografía, se traslada al menor al “Hospital GTP” para su valoración por parte de cirugía pediátrica.
Se llevan a cabo dos intervenciones, en la segunda se extirpa el testículo izquierdo
El 4 de septiembre se lleva a cabo intervención quirúrgica para la revisión de la zona escrotal izquierda y se práctica después orquidopexia en neobolsa escrotal.
Ante la persistencia de dolor, el 5 de septiembre se lleva a cabo ecografía con hallazgo de testículo izquierdo hipoecogénico y heterogéneo respecto al contralateral, no se observa Doppler en testículo izquierdo, aumento de la vascularización de las cubiertas escrotales izquierdas, que hacen concluir al facultativo que realiza la prueba que los hallazgos ecográficos son altamente sugestivos con retorsión testicular izquierda.
El 6 de septiembre se realiza nueva intervención quirúrgica con extirpación total del testículo izquierdo (orquidectomía). El informe de anatomía patológica del órgano extraído tiene como resultado congestión, hemorragia y extensa necrosis tisular, compatibles con torsión testicular.
La torsión testicular es una dolencia grave y que requiere un tratamiento de urgencia
La torsión testicular es una dolencia grave y que requiere un tratamiento de urgencia, casi inmediato. En este Es una de las pocas incidencias en pediatría que requiere un tratamiento quirúrgico rápido. Es imprescindible intervenir quirúrgicamente la torsión a las seis horas de los primeros signos de su presentación, más allá de ese tiempo la viabilidad del testículo está gravemente comprometida.
El menor fue remitido al Hospital desde el centro de asistencia primaria y el dolor testicular estaba presente desde las dos o tres horas anteriores. Por lo tanto, y visto el corto tiempo que restaba para solucionar la torsión de ser esta la dolencia que presentaba R., la exploración, práctica de pruebas, diagnosis y tratamiento del enfermo debían realizarse con celeridad y, además, con absoluta pericia y precaución para evitar la extirpación del órgano. En este caso un niño de tan solo siete años pierde un testículo por error en el diagnóstico.
No se realizaron todas las pruebas pertinentes y necesarias para determinar la dolencia
La torsión testicular es la causa más normal del escroto agudo que presentaba el paciente en su ingreso. Es por tanto la primera patología de la que cabe sospechar en caso de presentarse dolor brusco en zona genital y aumento del tamaño del teste. Estos síntomas son propios y típicos de torsión testicular.
En el primer ingreso la exploración no fue completa pues no se practicó el “signo de Prehn”, maniobra que consistente en la elevación del teste, mejorando el dolor en caso de infección y no si se trata de torsión. Tampoco se llevó a cabo el “signo de Gouverneur”, el cual implica que el testículo esté elevado y en horizontal cuando nos encontramos ante una torsión. Tal como indicaba nuestro perito, tales exploraciones son básicas, ya que su presencia es típica en los casos de torsión, por lo que no realizarlas priva al diagnóstico de instrumentos útiles de valoración. Así mismo el perito especialista indica que las imágenes de la ecografia practicada ya mostraban una falta de vascularización del teste izquierdo, mostrándose el riego sanguíneo en la zona periférica pero no en el interior del órgano.
La audiencia revoca la sentencia del Juzgado de Primera Instancia
Dice el Juez: “… cabe concluir que nos encontramos ante un supuesto de responsabilidad médico-sanitaria por una incompleta exploración del paciente, por un error en el diagnóstico de la dolencia que le aquejaba y, fundamentalmente, una muy precipitada decisión de alta hospitalaria y regreso al domicilio del perjudicado, cuando, aunque se considerase más probable la existencia de una infección, lo aconsejable y prudente, ante las consecuencias de que aquel fuera errado, era mantener el seguimiento hospitalario del tratamiento instaurado.
Procede en consecuencia revocar la sentencia de primera instancia y afirmar la responsabilidad de “Sham”, como aseguradora del Servei Català de la Salut, por la incorrecta y negligente prestación del servicio sanitario del que la Administración autonómica es titular”.
La sentencia en este caso en el que un menor pierde un testículo por error en el diagnóstico condena a indemnizar al menor en la cantidad de 41.713 € más los intereses de demora del articulo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde Septiembre de 2017. Dichos intereses ascienden a 31.000.- euros.
Defensa Jurídica del Caso: José Aznar Cortijo, abogado de Verdún Legal y miembro de la Plataforma en defensa de los derechos de las víctimas de accidentes médicos Que No Pase +.