Quedó estéril tras practicarle una cesárea

Mujer de 35 años quedó estéril de por vida tras practicarle una cesárea.
Quedó estéril tras practicarle una cesárea.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ratifica la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo  Número 16 de Barcelona. En dicha sentencia se condena a indemnizar a una mujer que con 35 años de edad, quedó estéril tras practicarle una cesárea.

La paciente tenía antecedentes de cesárea practicada en 2009

La señora G.S, gestante de 35 años de edad en la fecha de los hechos, y con antecedentes de cesárea por parto estacionado en 2009, obesidad con índice de masa corporal superior a 30 y cólicos nefríticos de repetición, acudió al Hospital U. V. H., por rotura de bolsa y salida de aguas claras el día 27 de junio de 2014, a las 40 + 3 semanas de gestación.

La gestante llega a la completa dilatación con presentación fetal cefálica y en estas condiciones se estacionó el parto. Por este motivo se decidió finalizar el parto por cesárea.

En el momento de practicarse la cesárea se observó una dehiscencia de tres centímetros de la cicatriz previa con una vejiga adherida en la cara anterior del útero.

La extracción fetal fue dificultosa y finalmente nació un feto vivo de 3.940 gramos, sin embargo la mujer quedó estéril tras practicarle la cesárea.

La imposibilidad de controlar la hemorragia obligó a practicar una histerectomía

Tras la extracción fetal se produjo una importante hemorragia. La imposibilidad de controlar el sangrado obligó a hacer una histerectomía, además el intento de hemostasia con puntos de sutura afectó al trayecto uretral de la paciente por lo que  posteriormente se requirió la presencia del médico especialista en urología para proceder a la reimplantación del uréter a la vejiga y colocación de catéter doble J.

Con el diagnóstico de shock hemorrágico y hipovolémico la paciente permaneció ingresada en la UCI hasta el día 30 de junio de 2014. La gestante fue dada de alta hospitalaria del día 9 de Julio de 2014, si bien llevó el catéter de doble J que se había puesto hasta el día 3 de septiembre de 2014 en que fue retirado.

La Sra. S. queda con secuelas urinarias y necesita asistencia médica continuada

La afectación del uréter ocasionó a la paciente  secuelas urinarias como incontinencia, sensación de no vaciado, nicturia, polaquiuria, disuria y escalofríos que le llevaron a la situación de asistencia médica continuada.

La Sr. G.S.  tuvo que soportar un daño desproporcionado por la actuación médica con manifiesta falta de rigor profesional , puesto que de un parto que debía discurrir con normalidad finalizó con una intervención muy arriesgada para la paciente, con hemorragia incoercible y que acabo con la extirpación del útero quedando estéril de por vida.

La pareja interpone reclamación ante el ICS

En fecha 15 de junio de 2015 la Sra. G.S. y su esposo interpusieron una reclamación ante el ICS por responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios derivados de la asistencia sanitaria dispensada por los servicios médicos de V. H. ya que la mujer quedó estéril tras practicarle una cesárea.

El 17 de febrero de 2017, la directora gerente del ICS dictó resolución desestimatoria de  la reclamación formulada. Tras la respuesta negativa de la Administración la familia interpone recurso contencioso administrativo.

La administración sanitaria recurre la sentencia

Tras la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 16 de Barcelona, la administración Sanitaria recurrió la sentencia alegando ““Errònia valoració de la prova en la sentència d’instància amb infracció dels requisits exigits en matèria de responsabilitat patrimonial i, en especial en quant a la relació de causalitat en l’actuació sanitària i el dany que es reclama, i a l’antijuridicitat del dany”, que desarrolla en síntesis como sigue. La sentencia de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba, por considerar acreditada la existencia de un resultado dañoso no justificado, en base al dictamen pericial emitido por el Dr. M.C., propuesto por la parte actora y en el que se contienen datos incorrectos y no suficientemente contrastados con la documentación clínica”.

La Importancia del Informe pericial

Recoge la sentencia del TSJC:

Recoge la sentencia del TSJC que a partir de los informes periciales y de las declaraciones en sede judicial de ambos peritos especialistas, el Juzgado atiende y otorga mayor peso al parecer médico del Dr. J.M.M.C. (perito propuesto por el Abogado José Aznar). Así, valorando la prueba practicada y las declaraciones de ambos peritos, expresa el Juez que “alcanza una mayor convicción en relación a estos extremos en la explicación vertida por el perito D. M. que explicó que falta de profilaxis previa unida a una maniobra intempestiva ejecutada sin ningún tipo de precaución fue lo que produjo el desgarro y por tanto la abundante hemorragia que hizo necesario practicar una histerectomía”.

En efecto, por lo que se refiere a las periciales de los médicos especialistas en obstetricia y ginecología, el juzgador examina y valora dichas pruebas desde la reglas de la sana crítica alcanzando una mayor convicción y plausibilidad la explicación dada en la vista oral por el Dr. J.A.M.C. frente a la explicación dada también en la vista oral por el otro perito médico especialista Dr. J.L.M. (perito de la Administración) que viene a poner el acento en las complicaciones propias de una intervención de cesárea y en el actuar médico ajustado a la lex artis ad hoc.

EL Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ratifica la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

Se pronuncia la sentencia sobre el quantum indemnizatorio, se reconoce el derecho de la actora G. S. S. a percibir la cantidad de 89.936,39 euros, más actualizaciones e intereses legales desde la reclamación previa, respondiendo de manera conjunta y solidaria la administración demandada y su aseguradora.

Defensa Jurídica del caso: José Aznar Cortijo, abogado de Verdún Legal y miembro de la plataforma para la defensa de las víctimas de accidentes médicos Que No Pase +.

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