El TSJC ha ratificado la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Nº 6 de Barcelona. En ella se condena al Servei Català de la Salut a indemnizar a la paciente que quedó estéril tras una cesárea. La indemnización asciende a XX.XXX,XX € más los intereses de demora según el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha de la reclamación previa. Así mismo se condena a la Administración al pago de las costas procesales de la apelación.
Tras la inducción al parto hubo que practicar una cesárea
La Sra. X, ingresó en el Hospital de Manresa el 21/11/05 por la aparición de preeclampsia leve en los últimos días de la gestación. Tras estar un día en espera de dilatación, se procede a la maduración cervical e inducción al parto. Finalmente el alumbramiento se resuelve con una cesárea practicada el 23/11 al quedar el feto estacionado.
Perforación del útero y endometritis
Durante los dos días siguientes la evolución postquirúrgica transcurría aparentemente dentro de la normalidad aunque habían signos de posible infección. El 1/12/05 se realizó una radiografía abdominal que determinó la orientación diagnóstica de íleo paralítico. Se realizó además un TAC que reveló hematoma y perforación de útero que había provocado una endometritis.
Finalmente la paciente quedó estéril
La paciente, con una importante sepsis abdominal, fue trasladada a la UCI donde permaneció hasta el 5/12/05. Hubo que practicar una histerectomía total abdominal simple más una salpingectomía derecha. La paciente quedó estéril tras la cesárea y con una importante cicatriz abdominal como consecuencia de las intervenciones practicadas. La Sra. X. además, necesita tratamiento para la depresión que padece como consecuencia de su esterilidad.
Defensa Jurídica del caso: José Aznar Cortijo, Abogado de Verdún Legal, especialista en Derecho Sanitario y miembro de la plataforma para la defensa de las víctimas de accidentes médicos «Que No Pase +«.