El Juzgado de lo Contencioso nº 4 de Barcelona ha dictado sentencia con fecha 20-07-12. En ella se condena al ICS a pagar a la perjudicada 733.096 € más los intereses legales del Artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha de la reclamación previa. La Sra. A.M.R., de 72 años, sufre las secuelas irreversibles derivadas de la intervención de hernia discal que causó paraplejia.
La víctima quedó en situación de gran invalidez
La citada operación se realizó en el H. de T. el 06-03-09 y como consecuencia de la cirugía practicada la paciente ha quedado afectada de paraplejia y con una gran invalidez. Las graves secuelas que padece la Sra. A.M.R. implican la necesidad de asistencia de tercera persona de por vida y de movilidad asistida.
La sentencia reconoce que se hizo una cirugía más extensa de lo necesario
El Juez recoge la argumentación de la demanda en el sentido de que se hizo una cirugía más extensa de lo necesario, y admite un riesgo innecesario .
El seguimiento post operatorio fue inadecuado
Asimismo reconoce que el seguimiento post operatorio fue inadecuado. La intervención produjo una hemorragia post-quirúrgica que derivó en paraplejia por falta de atención médica urgente, adecuada en tiempo y forma. Así la resonancia magnética se realizó tres días después de que aparecieran síntomas de compresión medular debido al hematoma que se produjo por la citada hemorragia.
Los fines de semana no había radiólogo en el Hospital de T
Los fines de semana no había radiólogo en el Hospital de T por lo que las pruebas de diagnóstico por la imagen se retrasaban irremediablemente dando lugar a situaciones irreversibles como la que nos ocupa. La sentencia reconoce también la falta de consentimiento informado sobre los riesgos de las dos intervenciones realizadas.
Defensa Jurídica: José Aznar Cortijo, Abogado de Verdún Legal, especialista en derecho sanitario y miembro de la plataforma en defensa de los derechos de las víctimas de accidentes médicos “Que No Pase +”.